martes, 8 de mayo de 2012

Mociones que presentará IU-LV al Próximo Pleno Municipal

Estos son los resúmenes de las principales mociones que presentará IU al próximo pleno municipal del 9 de Mayo:


PROPOSICIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL DE IU-LV PARA SU APROBACIÓN EN PLENO RELATIVA A LA HOMILÍA HOMÓFOBA DEL OBISPO DE ALCALÁ

Con motivo de las graves declaraciones del obispo de Alcalá de Henares, Juan Antonio Reig Plá, arremetiendo contra los valores constitucionales y sin respetar unos mínimos de principios relacionados con la igualdad y los derechos de las personas a decidir sobre su propio cuerpo, alcanzaron una mayor dimensión ya que dicha homilía se retransmitió por La2, canal público de Televisión Española. Todo el país pudo ser testigo de las barbaridades y la intolerancia puesta de manifiesto por este miembro destacado de la Iglesia católica. Se propone al Pleno de la Corporación que adopte los acuerdos de

PRIMERO: Mostrar públicamente el más absoluto rechazo de la Corporación a la homilía del pasado Viernes Santo del Sr. Reig Plá.

SEGUNDO: Dar traslado de dicho rechazo de la Corporación a la Archidiócesis de Madrid y a la Conferencia Episcopal.

TERCERO: Instar al señor Rouco Varela, arzobispo de la archidiócesis de Madrid y presidente de la Conferencia Episcopal, a que inicie el expediente correspondiente para proceder al cambio del obispo en Alcalá de Henares, Juan Antonio Reig Plá, por su falta de sensibilidad y respeto hacia la Constitución Española y los valores mínimos de convivencia.

CUARTO: Instar al Gobierno Municipal a realizar un manifiesto con motivo del Día Internacional contra la LGTBfobia, el próximo 17 de Mayo, en el que se condenen las declaraciones vertidas por el Sr. Reig Plá.



PROPOSICIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA - LOS VERDES PARA PEDIR LA DEROGACIÓN DE LA ORDEN 2939/2012 SOBRE ESCOLARIZACIÓN Y EL ESTABLECIMIENTO DEL ÁREA ÚNICA



El grupo municipal de IU-LV de Getafe está en profundo desacuerdo con la normativa de escolarización y considera un auténtico despropósito algunas de las cuestiones recogidas en las instrucciones del proceso de escolarización para el 2012-2013.

El ataque permanente a la Escuela Pública por parte de la Presidenta de la Comunidad de Madrid ha encontrado en la crisis, la excusa perfecta para meter la tijera y llevar a la praxis el modelo educativo que va a garantizar el modelo de sociedad ultra-liberal en lo económico y ultra-conservadora en lo ideológico, que perpetúa las diferencias sociales y la ventaja de unas personas sobre otras.

Se propone al pleno Municipal la adopción de los siguientes ACUERDOS:

1. Instar al Gobierno de la Comunidad de Madrid a la retirada de la Orden 2939/2012 de la Consejería de Educación y Empleo en la que se establece el procedimiento para la admisión de alumnos en centros docentes sostenidos con fondos públicos en segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria y Educación Especial.

2. Instar al Gobierno de la Comunidad de Madrid a garantizar por medio de la planificación escolar, la inversión necesaria en recursos humanos y centros educativos (existentes y futuros), evitando la desinversión en la escuela pública y la segregación de alumnado a la que también tiende esta normativa.

3. Apoyar a los colectivos de la comunidad educativa en las acciones que desarrollen en defensa de la escuela pública.



PROPOSICION DE IZQUIERDA UNIDAD-LOS VERDES REFERENTE A LA PROHIBICION DE LAS BALAS DE GOMA




La Comisión Europea advirtió el año pasado a todas las policías del Estado Español que debían dejar de utilizar las balas de goma como máximo a finales de 2012. Las distintas policías están apurando el plazo y las bolas de goma se han cobrado numerosos heridos, hasta hoy, y finalmente se ha conocido la muerte de Iñigo Cabacas en Bilbao.

El Grupo Municipal IU-LV propone al Ayuntamiento-Pleno la adopción de los acuerdos de

1º Mostrar nuestra solidaridad con la familia del fallecido Iñigo Cabacas.

2º Instar al Gobierno de la Nación a la activación inmediata de la prohibición por la CE de utilizar BOLAS DE GOMA y que quede totalmente prohibido el uso de estas como método disuasorio o de dispersión.



PROPOSICION DEL GRUPO DE CONCEJALES DE IZQUIERDA UNIDA-LOS VERDES REFERENTE A LA REFORMA DEL CODIGO PENAL POR PARTE DEL GOBIERNO DE LA NACION

La reforma del Código Penal prevé una pena mínima y prisión provisional para quienes convoquen manifestaciones por Internet que sean consideradas como "violentas".

También se criminaliza a protesta civil calificando la resistencia pasiva como "delito de integración en organización criminal" que podrá ser penado con hasta con 4 años y prisión provisional.

El Estado español debe garantizar que las personas pueden protestar de forma pacífica, difundir información y criticar a los propios gobiernos respecto a la protección o promoción de los derechos humanos.

Estas reformas atemorizan a la población, y les impulsa a no protestar y aceptar la pérdida de Derechos Fundamentales que se impulsa desde los mercados financieros, con la complicidad de instituciones europeas, españolas e internacionales.

El Grupo Municipal IU-LV propone al Ayuntamiento-Pleno instar al Gobierno de la Nación a través del Ministro de Interior a no reformar el Código Penal en lo referente a limitar el derecho de reunión.



PROPOSICIÓN QUE PRESENTAN CONJUNTAMENTE LOS GRUPOS MUNICIPALES DE IU-LV, PSOE Y UPyD PARA SU APROBACION EN EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO REFERENTE AL REGLAMENTO ORGÁNICO DEL PLENO DE GETAFE.

Un aspecto de la reforma del régimen local introducida por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local, consiste en establecer un régimen específico de organización para las grandes ciudades, denominadas en el texto legal "municipios de gran población". Dando respuesta así a las mayores ciudades españolas, que han venido reclamando un régimen jurídico que les permitiera hacer frente a su enorme complejidad como estructuras políticoadministrativas.

El gobierno urbano no ha recibido hasta ahora un tratamiento suficiente en nuestro ordenamiento jurídico, que no ha respondido a las necesidades específicas de los municipios altamente poblados. De ahí que el legislador básico haya optado por abordar las reformas normativas necesarias "para poder hacer frente a las mismas en el contexto de una sociedad dinámica y en constante evolución".

El rasgo más destacado del nuevo régimen de organización implantado por la Ley 57/2003 para los municipios de gran población reside en la separación entre las estructuras ejecutivas y administrativas, por un lado, y el órgano representativo, por otro.

Se introduce una forma de gobierno basada en la dualidad organizativa que sitúa en planos diferentes al alcalde y la Junta de Gobierno como órganos ejecutivos y de gestión y al Pleno del Ayuntamiento como órgano de control.

Dentro de ese esquema, el órgano representativo es el Pleno, que se define en el artículo 122. 1 sobre Organización del Pleno como el "órgano de máxima representación política de los ciudadanos en el gobierno municipal".

Además, en el mismo artículo 122 de la LBRL, el apartado 3 recoge que “el Pleno se dotará de su propio reglamento, que tendrá la naturaleza de orgánico.”

Ateniéndonos a este texto, vemos como uno de los grandes objetivos de la Ley consiste en "responder a la necesidad de un debate político abierto y creativo sobre las principales políticas de la ciudad, así como profundizar en el control de la acción de un ejecutivo reforzado, lo que implica que el Pleno desarrolle sus potencialidades deliberantes y fiscalizadoras".

Por estas razones, estos reglamentos orgánicos constituyen una referencia ineludible a la hora de diseñar los mecanismos de control de la acción de gobierno, así como de garantizar su buen funcionamiento, en tiempo y forma.

Se desprende de lo anterior que el reglamento orgánico del Pleno ha de responder a dos fuentes de inspiración distintas pero complementarias: los reglamentos orgánicos ya existentes en otros municipios y los reglamentos parlamentarios.

Se propone al Pleno instar al Gobierno municipal a la elaboración, junto con la participación activa del resto de grupos municipales, de un reglamento de naturaleza orgánica que establezca la regulación del Pleno, en cumplimiento de lo dispuesto por el título X de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL), introducido por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local.



No hay comentarios: